Compraventa internacional de mercaderías : ámbito de aplicación del Convenio de Viena de 1980
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Las relaciones comerciales supranacionales se articulan, desde un punto de vista jurídico, fundamentalmente a través del contrato de compraventa internacional de mercaderías. Este contrato, en la actualidad, se encuentra regulado por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías de 1980 (CISG), un cuerpo legal que ha sido asumido por la mayor parte de la comunidad internacional, hasta el punto de que puede afirmarse que se ha convertido en el nuevo Derecho aplicable a la mayoría de las operaciones mercantiles internacionales.Aunque el conjunto de operadores comerciales y jurídicos de España está cada vez más familiarizado con este texto uniforme, existen aspectos normativos del mismo que apenas han sido abordados por la doctrina y la jurisprudencia, siendo destacable, entre otros, el ámbito de aplicación del texto legal (arts. 1 a 3). La presente obra pretende colmar esta laguna de la literatura jurídica española a través de un detallado estudio doctrinal y jurisprudencial de la cuestión.
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